Tabla de contenido
03
04
06
10
12
13
16
17
18
20
¿Cuándo debería
constituir
una
empresa
en Perú?
Por lo general, la decisión de los clientes de incorporar una empresa en Perú ocurre
cuando
tienen la intención de escalar su negocio en el país o debido a requisitos
regulatorios.
Cuando no está incorporado en el país, la prestación de servicios a nivel local o desde
el
extranjero puede estar sujeta a retenciones de impuestos en Perú, y esas retenciones de
impuestos
podrían obstaculizar su capacidad para agregar más clientes en Perú, por lo que es recomendable
incorporar una subsidiaria local.
Las sociedad con sede en EE. UU. a veces prefieren constituirse como una sociedad de
tipo
LLC (Sociedad de Responsabilidad Limitada) debido a cuestiones relacionadas con los
impuestos de
EE. UU.
Tenemos entendido que, de conformidad con https://www.irs.gov/pub/irs-pdf/f8832.pdf
la Autoridad Tributaria de los EE. UU., considera a las Sociedades Anónimas como Foreign
Entities
Classified as Corporations for Federal Tax Purposes, pero no considera a las Sociedades de
Responsabilidad Limitada como tal. Desde una perspectiva fiscal de EE. UU., podría haber ciertas
ventajas de no ser clasificada como una como Foreign Entities Classified as Corporations for
Federal
Tax Purposes, pero se deberá consultar con un abogado de EE. UU. Para obtener más asesoramiento
sobre este tema.
Los tipos de entidad más utilizados son:
Sociedad anónima (Corporation) y sociedad de responsabilidad limitada (entidad de tipo LLC).
Independientemente de si se opta por una sociedad anónima o una sociedad de responsabilidad
limitada, se requiere que cada una de estas entidades tenga al menos dos accionistas/socio. Los
accionistas/socio de estas entidades pueden ser domiciliados o no domiciliados (personas físicas
o
jurídicas).
A continuación, una descripción de alto nivel de estas
entidades:
Sociedad Anónima | Sociedad de Responsabilidad Limitada | |
---|---|---|
Capital | Representado por acciones y evidenciado en certificados de acciones. | Representado en participaciones y evidenciado en Registros Públicos. |
Transferencia de acciones/ aportaciones | Puede estar sujeto o no al Derecho de Adquisición Preferente (DAP) | Sujeto al Derecho de Adquisición Preferente (DAP) |
Derecho pro rata | Si | Si |
Responsabilidad Limitada | Si | Si |
Gerencia |
Puede tener o un Directorio. En ausencia de un Directorio, la empresa es
administrada
por el Gerente General. El Gerente General puede ser una persona física o jurídica
(y
cuando es persona jurídica, debe designar un apoderado). Los miembros del Directorio y los gerentes no están obligados a tener domicilio en el país. |
Administrado por un Gerente General. El Gerente General puede ser una persona física
o
jurídica (y cuando es una persona jurídica, debe designar un apoderado).
Los miembros del Directorio y gerentes no están obligados a tener domicilio en el país. |
Responsabilidad de Directores y Funcionarios | Los Directores responderán, solidariamente, ante la sociedad, los accionistas y terceros por los daños y perjuicios que ocasionen los acuerdos o actos contrarios a la ley, los estatutos o los realizados intencionalmente, con abuso de autoridad o negligencia grave. Los directores también responden solidariamente junto con los directores que les hayan precedido de las irregularidades que hayan cometido si, conociéndolas, no las hubiesen denunciado por escrito a la junta general. |
Los gerentes son responsables ante la empresa por los daños causados por fraude,
abuso
de discreción o negligencia grave. Las acciones de responsabilidad de la compañía
contra
sus administradores exigen el acuerdo previo de los socios que representan la
mayoría
del capital social. La responsabilidad del gerente vence a los dos años del acto realizado u omitido por él, sin perjuicio de la responsabilidad penal o reparación que, en su caso, hubiera sido ordenada. |