Reglamento de la Ley que regula los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia
noviembre 17, 2022 5:41 pmEscrito por Porto Legal
Consulta el Reglamento aquí: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/prepublicacion/Index/Main
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ha publicado el proyecto de Reglamento de la Ley que regula los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia. A continuación, un breve resumen del proyecto:
- Los titulares de las autorizaciones de explotación de plataformas tecnológicas deben estar constituidos en el Perú o ser sucursales de personas jurídicas constituidas en el extranjero. Las personas jurídicas constituidas en el exterior deben constituir una sociedad en el Perú.
- Se deberá presentar, entre otros, una relación de proveedores de servicios vinculados (proveedores de bases de componentes de hardware y software de las plataformas tecnológicas) y procesos de gestión de cambios.
- Para evaluación económica-financiera, la persona jurídica solicitante deberá presentar estados financieros (con antigüedad no mayor a 30 días) así como estados financieros de los dos (2) últimos ejercicios fiscales (o los que correspondan según la fecha de constitución de la persona jurídica). Los informes podrán ser enviados a la UIF-Perú.
- Se establecen los requisitos y condiciones legales que deberán cumplir los socios, directores, gerentes o representantes legales con facultades inscritas en Registros Públicos de los titulares de la autorización de explotación.
- MINCETUR llevará un registro de los proveedores de servicios para las plataformas tecnológicas. Los proveedores podrán estar constituidos en el Perú o en el exterior y no podrán brindar servicios a las plataformas tecnológicas que no cuenten con autorización.
- Las pasarelas de pago deberán estar autorizadas y registradas (homologación), de igual manera que los programas de juego y sistemas progresivos. Se requiere contar con un certificado de cumplimiento expedido por un laboratorio de certificación autorizado y constancias de certificación PCI-DSS nivel 1 y mantener constancia vigente ISO/IEC 27001.
- Los titulares de una autorización para la explotación de juegos y apuestas a distancia deberán cumplir con registrar a los jugadores mediante su documento de identidad, debiendo verificar identidad, edad, nacionalidad y calidad migratoria.
- La información de la cuenta del usuario, registro del jugador y transacciones deben ser almacenadas por un periodo de 5 años. Las transacciones electrónicas deberán ser almacenadas por el titular de la explotación de la plataforma, por un período de 6 años.
- La publicidad deberá contener un aviso referido a la ludopatía. Los titulares de la autorización son responsables por publicidad engañosa y otros. La publicidad no podrá (i) estar dirigida a menores de edad, (ii) ser contraria a la dignidad o moral de las personas o (ii) incluir a menores de edad.
Las sanciones administrativas se califican en leves, graves y muy graves, con multas que van desde 50 UIT hasta 200 UIT y cancelación o inhabilitación por diez (10) años o permanente.