La importancia de las telecomunicaciones durante el Estado de Emergencia

marzo 27, 2020 12:57 pm
Escrito por Katia Camila Aquino
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El pasado 15 de marzo, mediante un mensaje a la nación, el presidente del Perú Martín Vizcarra dispuso el Estado de Emergencia a nivel nacional por un plazo de 15 días calendario, debido a las graves circunstancias que afectan al país, como consecuencia del brote del COVID-19. El Estado de Emergencia fue refrendado por el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM (“Decreto”) que establece, entre otras medidas, limitaciones al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito, la posibilidad de trabajar en forma remota y garantiza la continuidad de los servicios de telecomunicaciones.

En relación a los servicios de telecomunicaciones, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) aprobó la Resolución Nº 00035-2020-PD/OSIPTEL (“Resolución”) que establece las medidas necesarias para garantizar la continuidad de los servicios públicos de telecomunicaciones durante el Estado de Emergencia. Entre las disposiciones se permite a las empresas prestadoras de servicios de telecomunicaciones gestionar el tráfico de sus redes y se les prohíbe la suspensión o baja de servicio por falta de pago de los clientes y la suspensión de atención presencial en oficinas o centros de atención a usuarios.

A efectos de garantizar el cumplimiento del Decreto y la Resolución, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones indicó en un medio de comunicación que “los trabajadores de concesionarios de telecomunicaciones y call center vinculados pueden circular por las vías públicas para así garantizar la continuidad y calidad de sus servicios de telecomunicación al país, durante el Estado de Emergencia decretado por el Gobierno para detener el avance de coronavirus”. Siendo así, los trabajadores pertenecientes al sector telecomunicaciones se encuentran exceptuados de la prohibición de tránsito dispuesta por el Decreto.

Frente al aislamiento social obligatorio dispuesto, la continuidad del servicio de telecomunicaciones resulta tan imprescindible como los servicios de luz, gas y agua, pues engloba servicios como el acceso al cable, internet y telefonía móvil, entre otros. La continuidad de estos servicios permitirá que las personas sigan trabajando de forma remota ayudando a que la economía peruana no frene de forma abrupta y repentina.

La Resolución no es una medida más dentro de las decretadas durante el Estado de Emergencia, sino una de las más importantes que se han tomado. No sólo permitirá que los peruanos puedan estar conectados con sus familiares, mantenerse informados o incluso subir contenido a las redes sociales, sino también que los profesionales de la salud estén actualizados sobre los avances contra el COVID-19 en otros países, que los estudiantes no pierdan por completo el ciclo educativo y se proteja a la economía del Perú del impacto que tendrá el COVID-19.

[1] Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM. Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. Diario Oficial El Peruano, Lima, Perú, Marzo 2020.
[2] Resolución de Presidencia Nº 00035-2020-PD/OSIPTEL. Aprueban norma que establece disposiciones para garantizar la continuidad de los servicios públicos de telecomunicaciones, en el marco del D.S. Nº 044-2020-PCM. Diario Oficial El Peruano, Lima, Perú, Marzo 2020.

Publicado: 27/03/2020